domingo, 24 de mayo de 2020

Propuesta de actividades del Equipo de Orientación Educativa

Aquí os dejo un enlace, muy interesante, a las actividades creadas en padlet, por nuestra orientadora Carmen Herrera. Os animamos a que enlacéis.

PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DE ALUMNADO EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. CURSO ACADÉMICO 2020/21

VI
Procedimiento de admisión. Calendario de actuaciones e instrucciones INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO 
Información general en relación al procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para cursar en el curso académico 2020-2021 enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato.
Debido a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 el proceso de admisión ha sido adaptado a fin de poder realizar la presentación de solicitudes de forma telemática. No obstante, también será posible realizar la presentación de la solicitud de manera presencial, de acuerdo con las instrucciones establecidas al efecto.
El plazo para la presentación de solicitudes será del 15 al 19 de junio de 2020 (ambos inclusive).
La administración educativa aconseja a las familias que opten por la presentación telemática de la solicitud. En caso necesario podrán utilizar el servicio de apoyo telefónico para su cumplimentación y envío.

 TELÉFONOS DE AYUDA Y CONSULTA 
  • 985-10-55-00 – Extensión 14654
  • 985-10-55-00 – Extensión 14652
  • 985-10-55-00 Extensión 14951
  • 985-10-55-00 Extensión 14651
  • 985-10-55-00- Extensión 14936
  • 985-10-55-00- Extensión 13692
  • 985-10-86-65
 SOLICITUDES 
- Los enlaces a los formularios tanto telemático como presencial  se publicarán próximamente en este mismo portal.
- Las familias que no dispongan de medios electrónicos podrán presentar su solicitud y la documentación de forma presencial en el centro elegido en primer lugar, con cita previa.
- El acceso a la solicitud y su presentación de manera telemática no requiere certificado electrónico, así mismo, con la presentación de la solicitud de admisión de manera telemática se realiza declaración responsable de que los datos son ciertos y completos, e implica la autorización a la Administración educativa para realizar consulta a través de las plataformas de intermediación de los datos de la verificación directa y/o electrónica de los datos de identidad, empadronamiento a través del Servicio de Verificación de datos de Residencia del INE, renta (para lo que deberá cumplimentar el correspondiente apartado en el solicitud y adjuntar el anexo con las firmas manuscritas), familia numerosa y discapacidad.
- La administración podrá comprobar con posterioridad a la presentación de la solicitud aquellos datos que no se puedan obtener a través de las consultas de interoperabilidad, recabando la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos.
- En el supuesto de presentación presencial, se podrá optar por oponerse a la consulta de interoperabilidad de la administración de los datos de familia numerosa y discapacidad, en cuyo caso deberá  presentar la documentación de cumplimiento de requisitos de baremo.
LA PRESENTE INFORMACIÓN SERÁ ACTUALIZADA A MEDIDA QUE SE VAYA DESARROLLANDO EL CALENDARIO DEL PROCESO.
 NORMATIVA E INSTRUCCIONES DEL PROCESO 
  • Resolución reguladora del procedimiento de admisión 2018.
Consultar resolución. BOPA 05-03-2018 (pdf)
  • Resolución de 12 de marzo de 2020 de primera modificación de la resolución reguladora de admisión.
Consultar resolución. BOPA 17-03-2020 (pdf)
  • Resolución de 14 de mayo de 2020 por la que se inicia el procedimiento de admisión y establece el calendario.
Consultar resolución. BOPA 19-05-2020 (pdf)
  • Resolución 15 de mayo de 2020, de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas, por la que se dictan instrucciones en relación con la documentación a presentar.
Consultar resolución. BOPA 19-05-2020 (pdf)
 MAPAS Y ZONAS ESCOLARES 

miércoles, 20 de mayo de 2020

19/05/20 Nota Informativa CP Nueva

Buenos días:

                       De acuerdo a la Resolución de 12 de mayo de 2020 de la Consejería de Educación por la que se ordena la apertura de todos los centros educativos y la incorporación presencial de equipos directivos y personal de administración y servicios en los centros públicos,
Y, al anexo- instrucciones para la apertura de los centros educativos públicos en la fase 1 les informamos que:
4.1. La atención al público, siempre se realizará a través de cita previa y para los supuestos en los que sea estrictamente necesario.
Para confirmar que es así deberán consultar previamente por teléfono.
4.2. Las direcciones de los centros publicarán en su página web y en lugar visible en la entrada al recinto escolar los horarios de atención al público y el teléfono para la cita previa…
  • Teléfono.- 985 41 00 32
  • EL HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO SERÁ DE 12:15 A 14 h.
 Los servicios de correos y mensajería, podrán entrar en el recinto, y usar el timbre de la puerta principal. Para poder ser recibidos deben ir provistos de la mascarilla correspondiente.
En Nueva, a 18 de mayo de 2020
El director
Fdo.: Felipe Mata Martín

miércoles, 13 de mayo de 2020

12/05/2020 Resolución e instrucciones para la apertura centros educativos

VISOR DE CONTENIDO WEB

Resolución de 12 de mayo de 2020 de la Consejería de Educación por la que se ordena la apertura de todos los centros educativos y la incorporación presencial de equipos directivos y personal de administración y servicios en los centros públicos.

domingo, 10 de mayo de 2020

09/05/2020 Orden SND/399/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional


09/05/2020 Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad

CAPÍTULO VI. Condiciones para la reapertura de los centros educativos y universitarios
Artículo 18. Reapertura de los centros educativos.
1. Podrá procederse a la apertura de los centros educativos para su desinfección, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas.
Será responsabilidad de los directores de los centros educativos determinar el personal docente y auxiliar necesario para llevar a cabo las citadas tareas.
2. Durante la realización de las tareas administrativas a las que se refiere el apartado primero deberá garantizarse una distancia física de seguridad de dos metros.
Artículo 19. Medidas de higiene y/o de prevención en los centros educativos.
Para el desarrollo de las actividades previstas en el artículo anterior, los centros educativos deberán cumplir las siguientes medidas de higiene y/o prevención:
a) Se llevará a cabo la limpieza y desinfección del centro en los términos previstos en el artículo 6.
b) La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener las distancias de seguridad interpersonal exigidas en cada momento por el Ministerio de Sanidad. 
c) Se limitará al máximo posible el empleo de documentos en papel y su circulación. 
d) Los lugares de atención al público dispondrán de medidas de separación entre los trabajadores del centro educativo y los usuarios. 
e) Los centros educativos deberán proveer a sus trabajadores del material de protección necesario para la realización de sus funciones.

Más información

martes, 5 de mayo de 2020

¿COMO AFRONTAREMOS LA TRAVESÍA?

VISOR DE CONTENIDO WEB


He hecho este pequeño “genially” para preparar la transición al IES del alumnado de 6º de Educación Primaria. Desconociendo cómo se podrán ir gestionando las visitas y charlas de los padres en los IES, probablemente se haga todo en septiembre, os queremos mandar desde el centro este documento para adelantaros un poco de información. ¡Esperamos que os guste!
EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA ORIENTE-ASTURIAS  
CARMEN HERRERA GONZÁLEZ